En Seguridad Social hay que comunicar la suspensión del contrato de trabajo (a fecha de hoy no está habilitada informáticamente, la opción para poder hacerlo) con lo cual no se puede comunicar y en cuanto a la exoneración de cuotas no se puede llevar a cabo si no cobran el paro los trabajadores. ¿Qué hacer?

En la Seguridad Social, no debe haber problema puesto que tiene efectos retroactivos y los plazos están suspendidos.

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