Tras el decreto del 29/03/20 y las correcciones del 30/03/20 ¿puede desplazarse para trabajar un autónomo societario y administrador de una PYME?

Deben estar dados de alta en el momento que entró en vigor el Real Decreto 463, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el mismo 14 de marzo.

La Orden SND/307/2020, de 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo, establece en su artículo segundo que “El Real Decreto 463/2020, de 24 de marzo, solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma. Por su parte, el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia”.

Por lo tanto, siendo autónomo puede desplazarse para trabajar, siempre y cuando no se haya visto obligado al cese de la actividad por la declaración del estado de alarma decretado en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

El hecho de ser autónomo societario, en mi opinión, no hace que esto cambie, puesto que, no por ser societario es empleado de su propia sociedad, por lo que no tiene derecho al permiso retribuido recuperado establecido en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, ya que no es un trabajador por cuenta ajena, por lo que no va a poder recuperar las horas, ni su propia Sociedad va a tener la obligación de pagarle un permiso retribuido.

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